viernes, 10 de julio de 2009

OBLIGACIONES FINANCIERAS

FACULTADES Y OBLIGACIONES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS

a) Captar el ahorro de los participantes en el SIV Urbano;

b) Calificar la calidad crediticia de los postulantes que soliciten financiamiento y otorgar el crédito en caso de que se haya emitido el certificado de compromiso de financiamiento. La emisión del certificado conlleva a la obligatoriedad de concesión del crédito, siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones establecidas por la IFI.

c) Aplicar las normas que se relacionan con la devolución del ahorro a los participantes en el sistema y cumplir con los procedimientos establecidos en este instructivo y reglamento.
d) Informar cuando el MIDUVI solicite, sobre el número de cuentas y certificados a plazo abiertos para participar en el SIV Urbano y sobre el número de créditos otorgados.

e) Entregar un reporte de bloqueo de ahorro del listado de postulantes, cuando la Subsecretaría lo solicite. (Ver el documento completo al final de este texto).

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